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La medida regirá durante todo junio. Se incrementó el monto máximo del beneficio a $22.000 por relación laboral para las empleadoras y empleadores encuadrados en los sectores críticos y de la salud.

24 de Junio, 2021 


 
La gestión del presidente Alberto Fernández extendió la nueva prórroga del programa Repro II, de asistencia económica para pagar salarios de empresas afectadas por la pandemia.


Así lo confirmó la Resolución 341/2021 publicada en el Boletín Oficial. El beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa.

A fines de mayo pasado se incrementó el monto del salario complementario para las y los trabajadores de los sectores críticos y de la salud, que pasó de $18.000 a $22.000. La inversión prevista es de $6.000 millones. Se incorporó al sector gastronómico en el programa, con una reducción de las contribuciones patronales en los sectores críticos, por $8.500 millones.

El paquete de medidas para morigerar el impacto de la segunda ola de Covid-19 previó un gasto, por encima de lo establecido en el Presupuesto 2021, superior a los $480.000 millones (1.3% del PIB).

Este incremento del gasto es financiado a través de los mayores ingresos explicado por el Aporte Extraordinario en las Grandes Fortunas y el aumento de la recaudación.

CÓMO ACCEDER AL REPRO II
Según la normativa, estos son los criterios específicos para acceder al beneficio:

 1 – La facturación para el período comprendido entre el 1° y el 22 de junio de 2021 y entre el 1° y el 22 de junio de 2019 debe presentar una reducción superior al 20% en términos reales. En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de enero de 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.

2- El indicador de liquidez corriente (activo corriente/pasivo corriente) para el mes de mayo de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II.

3- Contar con una dotación de personal no superior a 5 trabajadoras y trabajadores en el mes anterior a la solicitud del beneficio.

5- No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales. Están excluidos los sujetos empleadores que se encuentran incluidos en el listado del Sector Salud aprobado en el marco del Programa Repro II.

En mayo, el Repro II alcanzó a unos 570.000 trabajadores de 34.000 empresas, que recibieron un pago por parte del Estado de $22.000 por empleado. En esa oportunidad, se amplió el listado de actividades consideradas críticas, incorporando a los siguientes sectores:

Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos).

Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio).

Centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Además, se extendió durante junio el beneficio destinado al sector gastronómico y a los autónomos de rubros como hoteles, turismo y peluquería.

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