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Lo aseguró la ministra de Salud de la provincia de Mendoza, Ana María Nadal.

15 de Mayo, 2021 


 
 
La situación en gran parte del país es dramática y una de las provincias más complicadas es Mendoza, donde el gobernador Rodolfo Suárez tomó algunas medidas pero no la que le reclaman algunos intendentes y por ahora mantiene las clases presenciales, pese a que el sistema sanitario está al borde del colapso.
La situación en Mendoza es tan grave, que la ministra de Salud, Ana María Nadal, sostuvo que «entre 65 y 70% de quienes ingresan a terapia intensiva por Covid-19, fallecen».
 
Asimismo, también bajó notablemente la edad de los fallecidos, porque en la primera ola era superior a los 75 años y ahora ronda entre los 50 y los 70. “Estamos viendo en esta segunda ola fallecimiento en personas de menor edad”, explicó la funcionaria mendocina en conferencia de prensa.

“Cada una de las personas que fallece por covid y todos los familiares atravesados por el dolor (es una situación) que nos da mucha pena y dolor y hay un trabajo de todos los días de este equipo y muchas más personas que trabajamos denodadamente para dar la mejor respuesta posible y con un esfuerzo de gestión diario”, apuntó.

NUEVAS RESTRICCIONES EN MENDOZA

El Gobierno de Mendoza, a través del Decreto 609 publicado en el Boletín Oficial, definió nuevas restricciones para frenar el avance de la pandemia, que tiene a su sistema sanitario al borde del colapso.

Dentro de las medidas hay cuestiones que llaman la atención: no están permitidos encuentros sociales en lugares públicos ni privados pero siguen abiertos bares y restaurantes. Tampoco se suspenden las clases presenciales.

Las medidas que tomó el gobernador Rodolfo Suárez comienzan a regir desde este mismo viernes en todo el ámbito provincial.

LAS MEDIDAS

 Dispóngase la continuidad de todas las medidas vigentes en el ámbito territorial de la Provincia al día de la fecha, con las modificaciones y agregados que se detallan en los artículos subsiguientes.
Suspéndase en todo el ámbito territorial de la provincia la realización de reuniones familiares y sociales, en domicilios particulares y en espacios públicos.

 Para la concurrencia a los restaurantes, será necesario efectuar reserva por una persona cuyo número de finalización de DNI coincida con el día autorizado por el artículo 3° de la presente norma, quien también será responsable de llenar la Declaración Jurada que como Anexo forma parte del Decreto N° 660/2020.
Facúltese a los municipios a controlar, en forma concurrente con la Provincia, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto en sus respectivos ámbitos territoriales, y a la aplicación de las multas vigentes.
El presente decreto tendrá vigencia desde la fecha de su publicación en todo el ámbito territorial de la provincia de Mendoza.
Autorícese a los Ministros del Poder Ejecutivo en el ámbito de las competencias que les asigna la Ley Nº 9206, a emitir todas las normas complementarias del presente Decreto que resulten necesarias.
Derógase toda norma que se oponga a la presente.
Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

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